¿Quiénes pueden brindar terapia?

Sólo pueden brindar atención psicológica psicólogos/as y psiquiatras que estén debidamente matriculados. Otras disciplinas (consejeros o counselors, coachs de cualquier tipo), no pueden brindar atención psicológica. Si alguien que no es psicólogo/a o psiquiatra te ofrece tratamiento psicológico, podés denunciarlo en el Ministerio de Salud o en el Colegio de Psicólogos de tu zona.

Para que un psiquiatra o psicólogo/a pueda brindar atención psicológica no basta con el título, sino que tiene que tener una matrícula (una suerte de DNI para profesionales). 

La matrícula puede ser provincial (en el interior del país), en cuyo caso se tramita en el Colegio de Psicólogos de la zona, o nacional, en cuyo caso se tramita en el Ministerio de Salud (esto aplica a CABA). Todo profesional tiene la obligación de brindarte su credencial o número de matrícula si lo pedís.

Podés confirmar los datos brindados por tu terapeuta entrando a https://sisa.msal.gov.ar/sisa, seleccionando la opción “Agenda Sanitaria REFES y REFEPS”, seleccionando la pestaña “REFEPS” e ingresando los datos de tu profesional. Si tu psicólogo tiene matrícula provincial también podés confirmar si los datos son válidos consultando con el Colegio Profesional de Psicólogos de tu zona.

Si tu profesional no cuenta con matrícula habilitante no puede brindar terapia y podés denunciarlo/a por ejercicio ilegal de la psicología.

¿Quiénes pueden pedir tratamiento?

Cualquier persona mayor de 13 años puede solicitar atención psicológica sin el consentimiento de sus progenitores o tutores legales. En caso de ser menor de 13 años se requiere de la representación de sus progenitores quienes prestarán el consentimiento para el tratamiento sin perjuicio de la necesaria información y participación del niño.

Orientación o marco teórico

Hay distintas escuelas u orientaciones teóricas en psicología. Saber con qué orientación trabaja tu terapeuta te permite anticipar en cierta medida en qué consistirá la terapia. Es tu derecho saber con qué orientación trabaja tu terapeuta.

Atención basada en evidencia

La ley estipula que los tratamientos psicológicos que se brinden deben estar basados en evidencia. Por este motivo, un psicólogo no puede ofrecerte tratamientos basados en astrología, regresiones a vidas pasadas, reiki, acupuntura, biodescodificación, entre otras.

Por supuesto, estás en tu derecho de intentar esos tratamientos, pero no es legítimo que te los ofrezca tu terapeuta.

Medicación y tratamientos complementarios

Los psicólogos/as no pueden recetar ni proporcionar medicación de ningún tipo. Tampoco te pueden ofrecer sustancias complementarias de ningún tipo, por lo cual no te pueden ofrecer Flores de Bach, preparados homeopáticos, aromaterapia ni ningún otro tipo de sustancias como parte del tratamiento.

En el desarrollo del tratamiento existe la posibilidad que tu psicólogo evalúe la necesidad de una internación (por ejemplo ante la ausencia de respuesta al tratamiento ambulatorio o en ocasión de riesgo cierto e inminente de daño) y te la indique. Es importante saber que la legislación de nuestro país contempla la posibilidad de que las internaciones sean tanto voluntarias como involuntarias debiendo seguir protocolos específicos en cada caso. 

Responsabilidad profesional

Mientras dure la terapia tu terapeuta no puede establecer otro tipo de relaciones con vos, ni comerciales, sexuales, religiosas, laborales, ni de cualquier otro tipo. Es decir, no te puede pedir que trabajes para él o ella, ni mantener relaciones sexuales o íntimas de otro tipo con vos, ni pedirte favores personales. De ocurrir algunas de estas situaciones estarías en derecho de denunciar al profesional en el Colegio de Profesionales donde el profesional está matriculado. 

De la misma manera, si tu terapeuta atiende además a alguien con quien tuvieras algún tipo de relación (personal, comercial, laboral, etc.), tiene que aclarar los roles y la situación a ambas personas.

Confidencialidad

Tenés derecho a que todo lo que digas en terapia sea mantenido en secreto por el profesional. Si por motivos del tratamiento tu terapeuta debe comunicar información tuya a otros profesionales, debe hacerlo con cuidado, y el secreto profesional se extiende también a los otros profesionales. Esto es así incluso aunque se haya terminado la terapia o haya fallecido el paciente.

Tu terapeuta está exento del secreto profesional en algunos casos que se consideran como “justa causa”: si estás en riesgo vos u otras personas, si se trata de impedir la comisión de un delito,  si tiene que defenderse de una denuncia que hayas hecho en su contra o al ser convocado por la justicia en un proceso judicial.

Respeto 

En todo momento tenés derecho a recibir un trato digno y respetuoso por parte del profesional. En particular el profesional tiene que manejarse con respeto hacia tus convicciones morales y personales, hacia tus creencias respecto a género, pudor y a tu intimidad.

Autonomía 

En cualquier momento tenés derecho a rechazar cualquier intervención o actividad que se te proponga durante el tratamiento y con la que no estés de acuerdo. También podés cambiar de opinión sobre algo que acordaste previamente.